Fuerza de Acción Marítima

Fuerza (Flota)

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La Fuerza de Acción Marítima es el conjunto de unidades de la Armada que tienen por cometido principal prepararse para proteger los intereses marítimos nacionales y el control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional.
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La Fuerza de Acción Marítima es el conjunto de unidades de la Armada que tienen por cometido principal prepararse para proteger los intereses marítimos nacionales y el control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional.
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La Fuerza de Acción Marítima es el conjunto de unidades de la Armada que tienen por cometido principal prepararse para proteger los intereses marítimos nacionales y el control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional.
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La Fuerza de Acción Marítima (FAM) esta formada por el conjunto de unidades que tienen por cometido principal prepararse para proteger los intereses marítimos nacionales y el control de los espacios marítimos de soberanía e interés nacional, contribuyendo al conjunto de actividades que llevan a cabo las distintas administraciones públicas con responsabilidades en el ámbito marítimo.

Esta compuesta por Buques de Vigilancia Marítima, Unidades Auxiliares, Buques Científicos y el Buque Escuela.

Con estos buques, la FAM también colabora con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en misiones de policía marítima, según los acuerdos vigentes, y con otros departamentos ministeriales en tareas de vigilancia de pesca, de investigación científica, de salvamento y de lucha contra la contaminación marina.

Asimismo, se encuadran en la FAM los Centros y Organismos de la Armada especialmente vinculados a la acción del Estado en la mar, como son el Centro de Buceo de la Armada y el Instituto Hidrográfico de la Marina.

El mando de la Fuerza de Acción Marítima lo ejerce un Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada en situación de servicio activo, con la denominación de Almirante de Acción Marítima.

El Almirante de Acción Marítima tendrá por misión la preparación de las fuerzas y medios asignados, y la coordinación y ejecución de la acción Marítima de la Armada, bajo la dirección del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, de quien dependerá directamente, para garantizar la presencia naval en nuestros espacios de soberanía y la protección de los intereses marítimos nacionales.

El área de actuación de las fuerzas navales del Almirante de Acción Marítima vendrá definida en cada caso en función de los intereses marítimos nacionales, de acuerdo con la misión asignada y la capacidad de mando y control.

    

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